Guía para dominar tus RIPS

Todo lo que debes saber sobre tus RIPS

Resuelve tus dudas y conoce lo que debes aplicar según la Resolución 0948 de 2026.

La normativa de RIPS cambió en 2026. La mayoría de terapeutas todavía no lo sabe.

El RIPS ya era soporte obligatorio de tu Factura Electrónica de Venta en salud desde 2023 — eso no es nuevo. Lo que sí cambió es la norma que lo regula: el 14 de mayo de 2026, la Resolución 0948 reemplazó las tres resoluciones que existían hasta entonces (2275 de 2023, 558 y 1884 de 2024) y las unificó en un solo texto, con un cronograma de validación más exigente.

Desde el 1 de junio de 2026, varias reglas que antes solo generaban una advertencia en tu RIPS pasan a bloquear directamente la factura. Y desde el 1 de julio de 2026, son exigibles ajustes técnicos estructurales en el software de facturación. En la práctica: errores que hasta hace poco eran tolerados hoy pueden impedirte cobrar.

Para un psicólogo o terapeuta independiente, sin equipo de TI ni contador dedicado a esto, entender qué cambió y qué hacer distinto puede sentirse abrumador.

RIPS en formato JSON validado: calendario, verificación y seguridad

La Resolución 0948 de 2026 explicada para psicólogos

Sabemos que tienes muchas preguntas sobre la ley, tus RIPS, facturación y la seguridad de tus datos. Aquí te dejamos las preguntas más frecuentes y más importantes que debes conocer para tener tu práctica en orden y tu mente en calma.

Es la norma vigente del Ministerio de Salud y Protección Social que reglamenta el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte obligatorio de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud. Fue expedida el 14 de mayo de 2026 y deroga las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024. Aplica a prestadores de servicios de salud, incluidos los profesionales independientes, según su Artículo 2.
El mecanismo único de validación y el Código Único de Validación (CUV) no son nuevos: existen desde la Resolución 2275 de 2023. Lo que trae la Resolución 0948 de 2026 es la unificación de esa normativa —antes repartida en tres resoluciones distintas— en un solo texto, junto con ajustes puntuales: amplía el alcance a nuevos actores, excluye algunos servicios no financiados con recursos públicos, crea el Código Único de Contrato (CUCON) y, sobre todo, endurece el calendario de validación: reglas que antes solo generaban una notificación pasan a generar rechazo directo de la factura, a partir de junio y julio de 2026.
Sí. El Artículo 2 de la Resolución 0948 de 2026 incluye explícitamente a los profesionales independientes dentro de su ámbito de aplicación, junto con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y otras entidades del sector.
El CUV es una cadena alfanumérica cifrada que certifica que el RIPS cumplió todas las reglas de validación obligatorias frente a la factura electrónica. Es un requisito obligatorio: las entidades pagadoras no pueden recibir ni tramitar facturas que no cuenten con este código. El CUV se genera en el mecanismo único de validación, no dentro de Psynapse.
Según el Artículo 6 de la resolución, la fuente principal de los datos es la historia clínica. Esto significa que si registras bien tu historia clínica, ya tienes la base de lo que tu RIPS necesita — no es información adicional que debas crear desde cero.
El Artículo 5 agrupa los datos en tres categorías: datos relativos a la transacción, datos relativos a los usuarios, y datos relativos a los servicios y tecnologías de salud — que para consulta psicológica corresponde principalmente a los datos de consultas y procedimientos.
El mecanismo único de validación aplica reglas que pueden resultar en notificación o en rechazo, según el tipo de inconsistencia. Es importante saber que, a partir del 1 de junio de 2026, varias reglas que antes solo generaban una notificación pasan a generar rechazo directo — por lo que errores antes tolerados ahora pueden bloquear la factura.
Sí. La resolución establece una implementación gradual: desde el 1 de junio de 2026 entran en vigor las reglas que pasan de notificación a rechazo, y desde el 1 de julio de 2026 son exigibles los ajustes de software de carácter estructural.
Sí. Los profesionales independientes deben inscribirse o actualizar sus datos en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), a través del portal web oficial, para obtener usuario y contraseña de autenticación en el mecanismo único de validación. Te orientamos en este proceso.
La resolución exige expresamente, en su Artículo 21, que todas las entidades obligadas garanticen la veracidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos del RIPS, conforme a la Ley 1581 de 2012 de protección de datos personales y demás normativa vigente sobre seguridad de la información.
No. Psynapse organiza y prepara los datos del RIPS a partir de tu historia clínica, conforme a la normativa vigente. La generación de la Factura Electrónica de Venta en salud la realizas con tu proveedor de facturación electrónica habilitado por la DIAN. Psynapse te entrega la información lista para ese proceso.
Sí. Deroga expresamente las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024, y establece un nuevo marco unificado.
Sí, en general. La obligación de generar el RIPS está ligada a si emites Factura Electrónica de Venta por un servicio de salud, no a quién paga esa factura. Si facturas electrónicamente una sesión, así sea con pago particular, esa factura debe ir soportada por su RIPS. Dicho esto, cada consultorio puede tener particularidades (tipo de servicio, exclusiones del Artículo 2), así que te recomendamos confirmar tu caso puntual con tu contador o tu proveedor de facturación electrónica.
Desde el 1 de junio de 2026, varias reglas que antes generaban solo una notificación pasan a generar rechazo. Esto significa que inconsistencias antes toleradas podrían bloquear el proceso de tu facturador a partir de esa fecha.
Psynapse organiza los datos de tu RIPS a partir de tu historia clínica, conforme a la normativa vigente — la fuente oficial según el Artículo 6 de la resolución. La generación de la Factura Electrónica de Venta la realizas con tu proveedor de facturación electrónica habilitado por la DIAN; Psynapse no reemplaza ese proceso.
Protegemos tus datos con cifrado en tránsito y en reposo, autenticación robusta y acceso exclusivo del profesional a su información, trabajando alineados con la Ley 1581 de 2012 y las exigencias de seguridad de la normativa colombiana de datos en salud.
Sirve para ambos casos: consulta privada individual y consultorios con varios profesionales.
No. Psynapse está diseñado para que no necesites ser experto en la normativa. El sistema se mantiene actualizado y te explicamos lo esencial en esta guía educativa.
La gestión de RIPS está incluida dentro del plan de Psynapse. No es un módulo aparte con costo adicional.
Psynapse te indica qué falta y dónde completarlo, antes de exportar el archivo.
Sí. Nuestro equipo de soporte está disponible para ayudarte con casos puntuales, sin tecnicismos innecesarios.

Tu historia clínica ya tiene los datos. Psynapse organiza tu RIPS.

Cuando registras una sesión en Psynapse, ya estás generando la fuente oficial de tus datos RIPS según el Artículo 6 de la Resolución 0948 de 2026: tu historia clínica. No hay que duplicar información en otro sistema.

Psynapse organiza esa información en la estructura que exige la normativa vigente y la deja lista para que tu facturador electrónico la use en el proceso de validación junto con la DIAN. Psynapse no reemplaza ni gestiona ese proceso de facturación — prepara el insumo para que sea simple y sin reprocesos.

Libérate del estrés. Descubre todo lo que Psynapse puede hacer por ti.

Historia clínica y panel Estado RIPS conectados en Psynapse