MindFlow S.A.S. — NIT 901.912.922
Versión 1.0 · Vigencia: 28 de julio de 2026
Estos Términos y Condiciones para Organizaciones (los "Términos") regulan el acceso y uso de la plataforma Psynapse por parte de personas jurídicas, instituciones prestadoras de servicios de salud, fundaciones, centros de atención psicológica y demás organizaciones que contraten un plan para organizaciones, sea directamente en la Plataforma o mediante una Propuesta Comercial de MindFlow S.A.S.
Estos Términos no aplican a profesionales independientes, quienes se rigen por los Términos y Condiciones publicados en https://www.psynapse.com.co/terms.
Al aceptar estos Términos —en la Plataforma o mediante la firma de una Propuesta Comercial— la persona que los acepta declara que cuenta con la capacidad legal y las facultades de representación necesarias para obligar a la Organización.
Acuerdo: el conjunto conformado por estos Términos, sus Anexos A, B, C y D, el Plan contratado y, cuando exista, la Propuesta Comercial.
Administrador: persona natural designada por la Organización para gestionar la cuenta, los usuarios, la facturación y la configuración. El Administrador no accede a Contenido Clínico salvo que además ostente el rol de Custodio o de Auditor conforme al Anexo D.
Auditor de Calidad: profesional de la salud designado por escrito por la Organización para adelantar auditoría de la calidad de los registros, conforme al artículo 5 del Decreto 1725 de 1999.
Contenido Clínico: la información asistencial registrada en la Historia Clínica y en los Archivos Profesionales de Intervención Psicológica, incluyendo motivo de consulta, evolución, diagnóstico, plan de tratamiento, transcripciones de sesión y anexos.
Contenido de la Organización: todo dato, documento o información que la Organización, sus Profesionales Vinculados o sus Pacientes carguen o generen en la Plataforma, incluyendo el Contenido Clínico y los Datos Administrativos.
Custodio de Historia Clínica: profesional de la salud designado por escrito por la Organización como responsable de la custodia de las Historias Clínicas conforme al artículo 13 de la Resolución 1995 de 1999.
Datos Administrativos: metadatos de la operación que no revelan contenido asistencial: identificación del paciente, existencia de la atención, fecha, hora, duración, profesional, sede, estado de la cita, valor, estado de pago e indicadores agregados.
Historia Clínica: documento privado, obligatorio y sometido a reserva en los términos de la Resolución 1995 de 1999.
Notas Privadas del Profesional: anotaciones de reflexión personal del Profesional Vinculado que, conforme a la Doctrina 01 del Tribunal Nacional Deontológico y Bioético de Psicología, no forman parte de la Historia Clínica, pertenecen exclusivamente al profesional y no son accesibles para la Organización, para Psynapse ni para terceros.
Plan: el plan de servicio contratado por la Organización, con su precio, periodicidad y límites, según se publica en la Plataforma al momento de la contratación y se refleja en el panel de suscripción de la Organización.
Propuesta Comercial: documento opcional, aplicable únicamente a contrataciones asistidas, que identifica el Plan, el precio, la vigencia, las designaciones y los contactos, y que incorpora por referencia estos Términos y sus Anexos. Su aceptación se perfecciona con la firma, con la aceptación por correo electrónico remitido desde la cuenta del representante legal, o con el pago total o parcial de la factura, lo que ocurra primero. Cuando la Organización contrata directamente en la Plataforma no existe Propuesta Comercial, y el Acuerdo se perfecciona con la aceptación de estos Términos y el pago del Plan.
Organización o Cliente: persona jurídica que contrata el Servicio conforme a estos Términos.
Paciente: persona natural que recibe atención de un Profesional Vinculado y cuya información es tratada en la Plataforma.
Plataforma o Servicio: la aplicación Psynapse y sus módulos, en la modalidad de Software como Servicio.
Profesional Vinculado: psicólogo u otro profesional de la salud que presta servicios asistenciales bajo la Organización y que accede a la Plataforma mediante una licencia asignada por ésta.
Psynapse: MindFlow S.A.S., NIT 901.912.922, domiciliada en Bogotá D.C., Colombia.
Subencargado: tercero contratado por Psynapse que trata Contenido de la Organización por cuenta de Psynapse, listado en el Anexo C.3.
2.1. Psynapse concede a la Organización una licencia de uso no exclusiva, no transferible, no sublicenciable y limitada a la vigencia del Acuerdo, para acceder a la Plataforma por el número de Profesionales Vinculados y demás límites establecidos en el Anexo A.
2.2. La licencia se otorga a la Organización, no a personas naturales. La Organización asigna y revoca los accesos de sus Profesionales Vinculados. Las credenciales son personales e intransferibles.
2.3. Psynapse no es prestador de servicios de salud y no participa en la relación asistencial entre el Profesional Vinculado y el Paciente. La responsabilidad clínica, el criterio profesional, el diagnóstico y el tratamiento corresponden exclusivamente al Profesional Vinculado y a la Organización.
3.1. En caso de contradicción, prevalece el siguiente orden:
3.2. Los Términos y Condiciones para profesionales independientes publicados en el sitio web no aplican a la Organización.
4.1. Vigencia inicial. El Acuerdo rige desde la activación del Plan y por el periodo contratado —mensual o anual, según lo elegido en la Plataforma—. Cuando exista Propuesta Comercial, la vigencia será la allí pactada.
4.2. Renovación automática. Al vencimiento, el Plan se renueva automáticamente por periodos iguales al contratado, con cargo al medio de pago registrado. La Organización puede cancelar la renovación en cualquier momento desde la Plataforma, con efecto al final del periodo en curso. Cuando exista Propuesta Comercial, la no renovación se comunica por escrito con al menos sesenta (60) días calendario de antelación.
4.3. Ajuste de precio en la renovación. El precio de cada renovación es el publicado y vigente al momento de renovar. Psynapse notificará cualquier incremento al Administrador con al menos treinta (30) días calendario de antelación; la Organización podrá cancelar la renovación dentro de ese plazo sin penalidad.
4.4. Terminación por incumplimiento. Cualquiera de las Partes podrá terminar el Acuerdo si la otra incumple una obligación esencial y no la subsana dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al requerimiento escrito.
4.5. No terminación por conveniencia durante el término. Psynapse no podrá terminar el Acuerdo por conveniencia durante la vigencia contratada. Si Psynapse termina el Acuerdo sin justa causa, o descontinúa la Plataforma, reembolsará a la Organización el valor proporcional al periodo no utilizado dentro de los treinta (30) días siguientes.
4.6. Terminación por la Organización. La Organización podrá cancelar su Plan en cualquier momento desde la Plataforma. El acceso se mantiene hasta el final del periodo ya pagado y no hay reembolsos ni cobros parciales por periodos iniciados, salvo lo previsto en las cláusulas 4.5, 9.4 y en el Anexo B.
4.7. Terminación inmediata. Cualquiera de las Partes podrá terminar de inmediato si la otra es incluida en listas restrictivas vinculantes para Colombia (OFAC, ONU, Consejo de Seguridad), es objeto de liquidación forzosa, o incurre en conductas de lavado de activos o financiación del terrorismo.
4.8. Efectos de la terminación. La terminación se rige por la cláusula 14 (Reversibilidad y plan de salida) y por el Anexo D en lo relativo a la Historia Clínica. La terminación no habilita a Psynapse a suprimir Historias Clínicas antes de los términos legales de retención.
5.1. Modalidad. El Plan se paga por anticipado al inicio de cada periodo, mediante el medio de pago que la Organización registre en la Plataforma. Cuando exista Propuesta Comercial, el pago se realiza dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la expedición de la factura electrónica.
5.2. Impuestos. Los precios se expresan en pesos colombianos y corresponden al valor total que se cobra: sobre el precio publicado no se adicionan IVA ni ningún otro impuesto, tasa o contribución. Cuando exista Propuesta Comercial y la Organización esté obligada a practicar retenciones, lo hará conforme a la normativa vigente.
5.3. Facturación electrónica. Psynapse expedirá factura electrónica conforme a la regulación de la DIAN, al correo del Administrador registrado en la Plataforma o, cuando exista Propuesta Comercial, al correo allí designado.
5.4. Excedentes. El consumo por encima de los límites del Anexo A se facturará a las tarifas allí indicadas, con corte mensual y previa notificación al Administrador cuando se alcance el 80% del límite.
5.5. Pago fallido y mora. Si el cobro del Plan no se completa, Psynapse notificará al Administrador y mantendrá el acceso durante el periodo de gracia informado en la Plataforma, dentro del cual la Organización podrá actualizar su medio de pago. Vencido ese periodo sin pago, Psynapse podrá suspender el acceso. Cuando exista Propuesta Comercial, la suspensión procede transcurridos treinta (30) días calendario desde el vencimiento de la factura, previo requerimiento escrito con diez (10) días hábiles de antelación. Los saldos en mora causarán intereses a la tasa máxima legalmente permitida.
5.6. Acceso durante la suspensión. Aun durante una suspensión por mora, Psynapse mantendrá habilitado un acceso de solo lectura y exportación de la Historia Clínica para el Custodio designado, con el fin de no interrumpir la atención en curso ni impedir a la Organización cumplir sus deberes legales de custodia y de entrega al titular. Este acceso se mantendrá por un mínimo de treinta (30) días.
5.7. Suspensión y datos. La suspensión no implica supresión ni pérdida de información.
6.1. Designaciones obligatorias. Al activar el Servicio, la Organización designará —en la Plataforma o por escrito mediante el formato del Anexo D.2—:
a. Un Administrador (puede no ser profesional de la salud).
b. Al menos un Custodio de Historia Clínica, que debe ser profesional de la salud.
c. Opcionalmente, uno o más Auditores de Calidad, que deben ser profesionales de la salud.
6.2. Declaración regulatoria. La Organización declara que:
a. Cuenta con la habilitación y los registros que la normativa exija para los servicios que presta, incluida, cuando aplique, la inscripción en el REPS conforme a la Resolución 3100 de 2019.
b. Sus Profesionales Vinculados están debidamente titulados y cuentan con tarjeta profesional vigente cuando la ley lo exija.
c. Es la Responsable del Tratamiento de los datos personales de sus Pacientes y ha recaudado las autorizaciones y consentimientos exigidos por la ley.
d. Cumple las obligaciones que le correspondan en materia de historia clínica electrónica interoperable, incluidas la Ley 2015 de 2020, la Resolución 866 de 2021 y la Resolución 1888 de 2025.
6.3. Obligaciones de la Organización.
a. Mantener actualizada la información de la cuenta y de los usuarios, y revocar accesos de manera inmediata cuando un Profesional Vinculado se desvincule.
b. Instruir a sus usuarios sobre el deber de reserva y el uso responsable de la Plataforma.
c. Custodiar las credenciales y responder por los actos ejecutados desde las cuentas de sus usuarios.
d. Conservar la prueba de las autorizaciones de tratamiento y de los consentimientos informados, y entregarlas a Psynapse cuando ésta las requiera para atender un requerimiento de autoridad.
e. Reportar a Psynapse, sin demora, cualquier incidente de seguridad, uso no autorizado o acceso indebido del que tenga conocimiento.
6.4. Prohibición de uso desviado del Contenido Clínico. La Organización se obliga a no utilizar el Contenido Clínico para fines laborales, de selección, disciplinarios, de evaluación de desempeño de sus Pacientes-empleados, comerciales o de cualquier otra naturaleza ajena a la atención en salud, conforme al artículo 26 de la Ley 1090 de 2006. El incumplimiento de esta cláusula constituye causal de terminación inmediata por parte de Psynapse.
6.5. Notas Privadas del Profesional. La Organización reconoce y acepta que las Notas Privadas del Profesional no forman parte de la Historia Clínica, no son de su propiedad, no le serán accesibles y no se incluirán en exportaciones institucionales.
7.1. Contenido de la Organización. El Contenido de la Organización es y seguirá siendo de la Organización y de los titulares que corresponda. Psynapse no adquiere derecho, título ni interés alguno sobre él, más allá de la licencia estrictamente necesaria para prestar el Servicio conforme al Anexo C.
7.2. Titularidad de la Historia Clínica. Las Partes reconocen que el titular del derecho sobre la Historia Clínica es el Paciente. La Organización es custodia y tenedora; Psynapse es únicamente Encargada del Tratamiento por cuenta de la Organización.
7.3. Plataforma. La Plataforma, su código, diseño, marcas y documentación son propiedad exclusiva de Psynapse. Nada en el Acuerdo transfiere derechos de propiedad intelectual a la Organización.
7.4. Retroalimentación. Las sugerencias de mejora que la Organización comparta podrán ser incorporadas por Psynapse sin obligación de contraprestación, siempre que no incorporen Contenido de la Organización.
7.5. Datos agregados y anonimizados. Psynapse podrá generar estadísticas agregadas y efectivamente anonimizadas —de manera que no permitan reidentificar a ningún Paciente, Profesional Vinculado ni a la Organización— para fines de mejora del Servicio. Psynapse no utilizará Contenido Clínico, ni siquiera anonimizado, para entrenar o afinar modelos de inteligencia artificial, conforme al Anexo C.3.
La Organización y sus usuarios no podrán:
a. Compartir credenciales entre personas o exceder el número de licencias contratado.
b. Revender, sublicenciar, arrendar o prestar el Servicio a terceros.
c. Realizar ingeniería inversa, descompilar o intentar derivar el código fuente.
d. Realizar pruebas de carga, escaneos de vulnerabilidades o pruebas de penetración sin autorización escrita previa de Psynapse.
e. Usar la Plataforma para almacenar información ajena a la finalidad asistencial y administrativa contratada.
f. Publicar comparativos de desempeño de la Plataforma sin autorización escrita.
9.1. Los niveles de servicio, tiempos de respuesta, créditos y exclusiones se rigen por el Anexo B.
9.2. Mantenimiento programado. Psynapse avisará con al menos setenta y dos (72) horas de antelación y procurará realizarlo en ventanas nocturnas o de fin de semana (hora Colombia). El mantenimiento programado no computa como indisponibilidad.
9.3. Cambios que rompen compatibilidad. Psynapse notificará con al menos treinta (30) días de antelación cualquier cambio que altere sustancialmente flujos de trabajo existentes o integraciones.
9.4. Degradación sostenida. Si la disponibilidad mensual es inferior al 95% durante dos (2) meses dentro de un mismo trimestre, la Organización podrá terminar el Acuerdo con reembolso proporcional del periodo no utilizado, además de los créditos del Anexo B.
10.1. Confidencialidad mutua. Cada Parte se obliga a mantener en reserva la información confidencial de la otra y a no divulgarla sin autorización escrita. La obligación subsiste durante la vigencia del Acuerdo y por cinco (5) años después de su terminación.
10.2. Contenido Clínico: reserva indefinida. Respecto del Contenido Clínico, la obligación de reserva es indefinida y subsiste sin límite temporal, incluso después del fallecimiento del Paciente, conforme al artículo 32 de la Ley 1090 de 2006.
10.3. Reconocimiento del secreto profesional. Psynapse reconoce que el Contenido Clínico está amparado por el secreto profesional, declarado inviolable por el artículo 74 de la Constitución Política. Psynapse se obliga a:
a. Instruir y vincular contractualmente a todo su personal y contratistas con compromisos de confidencialidad de alcance indefinido sobre el Contenido Clínico.
b. No acceder a Contenido Clínico salvo cuando sea estrictamente indispensable para la prestación del Servicio, conforme al procedimiento del Anexo C.2.
c. No divulgar, comercializar, ceder ni poner a disposición de terceros el Contenido Clínico bajo ninguna circunstancia distinta de las expresamente autorizadas en el Anexo C.
10.4. Excepciones. No se considera información confidencial la que sea de dominio público sin culpa de la Parte receptora, la que deba revelarse por orden de autoridad competente —caso en el cual la Parte requerida informará previamente a la otra, salvo prohibición legal, para que pueda oponerse—, y la necesaria para hacer valer derechos derivados del Acuerdo.
11.1. Psynapse garantiza que la Plataforma operará sustancialmente conforme a la documentación vigente y que prestará el Servicio con la diligencia propia de un profesional del sector.
11.2. Psynapse no garantiza que el Servicio sea ininterrumpido o libre de errores, más allá de los niveles comprometidos en el Anexo B.
11.3. Descargo clínico. La Plataforma es una herramienta de apoyo. Psynapse no emite diagnósticos, no formula tratamientos y no sustituye el criterio del profesional. Cualquier contenido generado por funciones de inteligencia artificial constituye un borrador que debe ser revisado, corregido y aprobado por el Profesional Vinculado antes de incorporarse a la Historia Clínica.
11.4. Salvo lo expresamente previsto, el Servicio se presta "tal cual", sin garantías implícitas de comerciabilidad o idoneidad para un fin particular.
12.1. Exclusión de daños indirectos. Ninguna de las Partes será responsable frente a la otra por lucro cesante, pérdida de oportunidad, daño reputacional, interrupción de negocio o daños indirectos o consecuenciales.
12.2. Límite general. La responsabilidad acumulada de cada Parte por todos los reclamos derivados del Acuerdo en un periodo de doce (12) meses no excederá el valor total efectivamente pagado por la Organización a Psynapse durante los doce (12) meses anteriores al hecho que originó el reclamo.
12.3. Límite reforzado. Para reclamos derivados del incumplimiento de las obligaciones de protección de datos personales o de confidencialidad del Contenido Clínico, el límite será de dos (2) veces el valor indicado en la cláusula 12.2.
12.4. Exclusiones al límite. Los límites de las cláusulas 12.1 a 12.3 no aplican en caso de:
a. Dolo o culpa grave.
b. Violación de derechos de propiedad intelectual de terceros por parte de Psynapse.
c. Obligaciones de pago de la Organización.
d. Las indemnidades pactadas en la cláusula 13.
13.1. A cargo de Psynapse. Psynapse mantendrá indemne a la Organización frente a reclamos de terceros que aleguen que la Plataforma infringe derechos de propiedad intelectual en Colombia, asumiendo la defensa y los costos razonables. Psynapse podrá, a su elección, modificar la Plataforma, obtener la licencia necesaria o terminar el Acuerdo con reembolso proporcional.
13.2. A cargo de la Organización. La Organización mantendrá indemne a Psynapse frente a reclamos derivados de:
a. La ausencia, insuficiencia o invalidez de las autorizaciones de tratamiento y consentimientos informados de sus Pacientes.
b. El uso del Contenido Clínico para fines prohibidos en la cláusula 6.4.
c. El incumplimiento de sus obligaciones regulatorias como prestador de servicios de salud.
d. Actos de sus usuarios que excedan el uso autorizado.
13.3. La Parte que solicite la indemnidad notificará el reclamo sin demora, permitirá a la otra dirigir la defensa y cooperará razonablemente.
14.1. Acceso posterior. Durante los treinta (30) días calendario siguientes a la terminación, Psynapse mantendrá disponible un acceso de solo lectura y exportación para el Administrador y el Custodio designados.
14.2. Exportación. Psynapse entregará, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la solicitud, la totalidad del Contenido de la Organización en formato abierto y legible por máquina (JSON estructurado y/o el estándar de interoperabilidad vigente), acompañado de las Historias Clínicas en PDF con sello de tiempo. Esta exportación no tendrá costo adicional.
14.3. No borrado prematuro. Psynapse no suprimirá Historias Clínicas ni sus soportes antes del vencimiento de los términos de retención del Anexo D.4, salvo instrucción escrita de la Organización que acredite haber asumido íntegramente la custodia.
14.4. Supresión certificada. Cumplidos los términos de retención, o recibida la instrucción de la cláusula 14.3, Psynapse suprimirá el Contenido de la Organización de sus sistemas productivos y de sus copias de respaldo dentro del ciclo de retención de backups indicado en el Anexo C.2, y expedirá un certificado de supresión.
14.5. Continuidad por cese de la Organización. Si la Organización cesa actividades, Psynapse entregará el Contenido Clínico exclusivamente al Custodio designado, a quien la Organización indique por escrito, o a la autoridad competente que lo requiera.
15.1. Prevención de LA/FT. Cada Parte declara que sus recursos provienen de actividades lícitas, que no está incursa en listas restrictivas y que cumple la normativa de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Esta obligación es bilateral.
15.2. Antisoborno. Ninguna Parte ofrecerá ni aceptará pagos indebidos en relación con el Acuerdo.
16.1. Modificaciones. Psynapse podrá modificar estos Términos notificando al Administrador con al menos treinta (30) días calendario de antelación. Si la modificación afecta materialmente los derechos de la Organización, ésta podrá rechazarla dentro de ese plazo, en cuyo caso seguirán aplicando los Términos vigentes hasta el final del periodo contratado, o podrá terminar el Acuerdo con reembolso proporcional. El silencio no se entiende como aceptación de modificaciones materiales.
16.2. Cesión. Ninguna Parte podrá ceder el Acuerdo sin autorización escrita de la otra. Psynapse podrá cederlo en caso de fusión, escisión o venta sustancial de activos, notificando con treinta (30) días de antelación, siempre que el cesionario asuma íntegramente las obligaciones. Si el cesionario es un competidor directo de la Organización, ésta podrá terminar el Acuerdo con reembolso proporcional.
16.3. Subcontratación. Psynapse podrá subcontratar la prestación de componentes del Servicio, permaneciendo responsable frente a la Organización. Los Subencargados que traten datos personales se rigen por el Anexo C.1.
16.4. Fuerza mayor. Ninguna Parte responderá por incumplimientos causados por eventos de fuerza mayor o caso fortuito. La Parte afectada lo notificará sin demora y adoptará medidas de mitigación. Si el evento se extiende por más de treinta (30) días, cualquiera de las Partes podrá terminar el Acuerdo con liquidación proporcional. La imposibilidad de pago no constituye fuerza mayor.
16.5. No solicitación. Durante la vigencia del Acuerdo y por doce (12) meses después, ninguna Parte contratará directamente al personal de la otra que haya participado en la ejecución del Acuerdo, sin autorización escrita. Se exceptúan las respuestas a convocatorias públicas.
16.6. Uso de marca. Psynapse podrá mencionar a la Organización como cliente y usar su marca en materiales comerciales únicamente con autorización escrita previa, revocable en cualquier momento.
16.7. Notificaciones. Las comunicaciones se entenderán eficaces cuando se envíen al correo del Administrador registrado en la Plataforma y, cuando exista Propuesta Comercial, a los correos allí designados. Cada Parte podrá actualizar sus contactos notificando a la otra.
16.8. Relación entre las Partes. El Acuerdo no crea sociedad, agencia, mandato ni relación laboral entre las Partes.
16.9. Supervivencia. Sobreviven a la terminación las cláusulas 7, 10, 12, 13, 14, 16.9 y el Anexo C en lo pertinente.
16.10. Ley aplicable y solución de controversias. El Acuerdo se rige por la ley colombiana. Las controversias se someterán primero a arreglo directo por treinta (30) días calendario. Agotada esa etapa sin acuerdo, se someterán a la jurisdicción ordinaria de los jueces civiles del circuito de Bogotá D.C..
16.11. Acuerdo íntegro y divisibilidad. El Acuerdo constituye la totalidad de lo convenido y prevalece sobre acuerdos previos. La nulidad de una cláusula no afecta la validez de las demás.
Los límites técnicos aplicables a la Organización —número de Profesionales Vinculados, sedes, administradores, almacenamiento y minutos de transcripción con inteligencia artificial— son los del plan que la Organización tenga activo. Están publicados en la página de planes y visibles en todo momento en el panel de suscripción de la Plataforma.
La retención de la Historia Clínica en línea se rige por la vigencia del Acuerdo y por los términos legales del Anexo D.4, con independencia del plan.
El consumo por encima de los límites del plan se factura a las tarifas publicadas y vigentes al momento del consumo, con corte mensual y previa notificación al Administrador conforme a la cláusula 5.4.
La migración de datos históricos, la capacitación adicional y las configuraciones especiales no están incluidas en el plan y se cotizan por separado.
Salvo pacto expreso en contrario, el Plan no incluye: desarrollos a medida, integraciones con sistemas de terceros, facturación electrónica ante la DIAN, reportes al SISPRO o RIPS, ni interoperabilidad con el mecanismo IHCE/RDA. Estos elementos se cotizan por separado.
Psynapse compromete una disponibilidad mensual del 99,5% para los planes contratados en la Plataforma. Cuando la Propuesta Comercial pacte un nivel superior, prevalece el allí acordado.
Cálculo. Disponibilidad = ((Minutos totales del mes − Minutos de Indisponibilidad) / Minutos totales del mes) × 100.
Indisponibilidad es todo periodo en que la Plataforma no permite a los usuarios autenticarse o acceder a la Historia Clínica, verificado por el monitoreo de Psynapse. La medición se publica mensualmente en el reporte de servicio.
| Severidad | Definición | Tiempo de respuesta | Actualizaciones | Objetivo de restauración |
|---|---|---|---|---|
| 1 — Crítica | La Plataforma es inaccesible para la Organización, o existe pérdida o corrupción de Contenido Clínico, o es imposible documentar atenciones | 1 hora, 24/7 | Cada 2 horas | 8 horas |
| 2 — Alta | Función esencial degradada sin alternativa viable, afectando a varios Profesionales Vinculados | 4 horas hábiles | Diaria | 2 días hábiles |
| 3 — Media | Función no esencial afectada, o existe alternativa viable | 1 día hábil | Cada 3 días | 10 días hábiles |
| 4 — Baja | Consulta de uso, incidencia cosmética o solicitud de mejora | 2 días hábiles | Semanal | Según backlog |
La severidad la propone la Organización y la confirma Psynapse. Ante desacuerdo, se aplica la severidad más alta hasta el primer diagnóstico.
El canal de soporte para los planes contratados en la Plataforma es el correo app@psynapse.com.co, de lunes a viernes de 8:00 a 17:00.
Cuando la Propuesta Comercial lo contemple, se habilitan además un canal dedicado, guardia 24/7 para incidentes de Severidad 1 y línea telefónica de escalamiento.
Hora oficial: Colombia (UTC−5). Días hábiles: lunes a viernes, excluyendo festivos nacionales colombianos.
| Nivel | Responsable | Se activa cuando |
|---|---|---|
| L1 | Soporte Psynapse | Recepción del caso |
| L2 | Ingeniería de guardia | Severidad 1 desde el minuto cero; Severidad 2 tras vencer el tiempo de respuesta |
| L3 | Liderazgo técnico | Severidad 1 sin restauración a las 4 horas |
| L4 | Representante legal de Psynapse | Severidad 1 sin restauración a las 12 horas |
Los nombres y datos de contacto de cada nivel se informan al Administrador y se actualizan sin necesidad de otrosí.
| Disponibilidad mensual alcanzada | Crédito sobre la mensualidad prorrateada |
|---|---|
| Por debajo del compromiso y ≥ 99,0% | 10% |
| < 99,0% y ≥ 95,0% | 25% |
| < 95,0% | 50% |
Reglas:
a. El crédito debe solicitarse por escrito dentro de los treinta (30) días siguientes al cierre del mes afectado.
b. Los créditos se aplican como descuento en la siguiente factura o, si el Acuerdo termina, como reembolso.
c. El crédito acumulado en un periodo anual no excederá el 30% del valor anual del Acuerdo.
d. Los créditos son la única compensación por incumplimiento del SLA, salvo dolo o culpa grave.
e. Adicionalmente aplica el derecho de terminación de la cláusula 9.4 de los Términos.
No computan como Indisponibilidad ni generan créditos: el mantenimiento programado avisado con 72 horas; los eventos de fuerza mayor; las fallas de conectividad, dispositivos o software del lado de la Organización; el uso fuera de los límites del Anexo A; los actos u omisiones de la Organización o de sus usuarios; y las suspensiones legítimas por mora conforme a la cláusula 5.5.
| Parámetro | Compromiso |
|---|---|
| RPO (pérdida máxima de datos tolerada) | 24 horas |
| RTO (tiempo máximo de restauración ante desastre) | 4 horas |
| Frecuencia de copias de respaldo | Diaria |
| Retención de copias de respaldo | 7 días |
| Prueba de restauración | Semestral, con informe disponible a solicitud |
Aplican cuando la Propuesta Comercial los contemple:
a. Gerente de cuenta nombrado.
b. Reunión trimestral de revisión de servicio.
c. Reporte mensual de disponibilidad, incidentes y bitácora de accesos.
d. Aviso de cambios que rompan compatibilidad con 30 días de antelación.
e. Hasta cinco (5) solicitudes de mejora al año con evaluación garantizada por producto (evaluación, no compromiso de desarrollo).
f. Informe anual de seguridad, bajo acuerdo de confidencialidad.
Este Anexo constituye además el contrato de transmisión de datos personales en los términos del artículo 2.2.2.25.5.2 del Decreto 1074 de 2015, lo que habilita la transmisión internacional a Encargados sin autorización adicional de los titulares.
C.1.1 Roles.
| Categoría de datos | Responsable | Encargado |
|---|---|---|
| Datos de Pacientes, incluida la Historia Clínica | La Organización | Psynapse |
| Datos de Profesionales Vinculados en su calidad de usuarios de la Plataforma | La Organización | Psynapse |
| Datos de contacto comercial, facturación y relación contractual con la Organización | Psynapse | — |
| Datos de navegación y uso de la Plataforma para seguridad, facturación y mejora del Servicio | Psynapse | — |
C.1.2 Objeto del tratamiento. Psynapse tratará datos personales por cuenta de la Organización con la única finalidad de prestar el Servicio conforme al Acuerdo.
C.1.3 Categorías de titulares. Pacientes (incluidos menores de edad y personas con capacidad legal modificada), Profesionales Vinculados, Administradores, Custodios y Auditores.
C.1.4 Categorías de datos.
a. Identificación y contacto.
b. Datos sensibles: datos relativos a la salud física y mental, incluidos motivo de consulta, evolución, diagnóstico, plan de tratamiento, resultados de instrumentos psicométricos y grabaciones de sesión cuando el Paciente lo haya consentido.
c. Datos de menores de edad.
d. Datos de facturación y pago.
e. Datos de conexión y uso.
C.1.5 Duración. Durante la vigencia del Acuerdo y por los términos de retención del Anexo D.4.
C.2.1 Instrucciones documentadas. Psynapse tratará los datos personales únicamente conforme a las instrucciones documentadas de la Organización, contenidas en el Acuerdo o comunicadas por el Administrador. Si Psynapse considera que una instrucción infringe la normativa aplicable, lo informará y podrá suspender su ejecución.
C.2.2 Prohibiciones expresas. Psynapse no podrá:
a. Tratar los datos para fines propios, comerciales o de mercadeo.
b. Comercializar, vender, ceder, arrendar o poner a disposición de terceros los datos personales bajo ninguna forma ni por ningún título.
c. Utilizar Contenido Clínico para entrenar, afinar o evaluar modelos de inteligencia artificial, propios o de terceros.
d. Elaborar perfiles comerciales o publicitarios a partir de Contenido Clínico.
e. Cruzar los datos de la Organización con los de otros clientes.
C.2.3 Confidencialidad del personal. Psynapse garantiza que toda persona con acceso potencial a los datos ha suscrito compromisos de confidencialidad de alcance indefinido respecto del Contenido Clínico, ha recibido capacitación en protección de datos y está sujeta a controles de acceso por rol.
C.2.4 Acceso de soporte a datos productivos. Por defecto, el personal de Psynapse no tiene acceso a Contenido Clínico. Cuando la atención de un caso lo exija:
a. El acceso se solicita al Administrador o al Custodio y requiere su aprobación expresa.
b. El acceso se otorga con alcance mínimo, expira automáticamente en un máximo de setenta y dos (72) horas y no es renovable sin nueva aprobación.
c. Todo acceso queda registrado en una bitácora entregable a la Organización.
d. En incidentes de Severidad 1 donde la aprobación no pueda obtenerse a tiempo, Psynapse podrá acceder bajo procedimiento de excepción, notificando al Administrador dentro de las cuatro (4) horas siguientes con la justificación y el detalle del acceso.
C.2.5 Medidas técnicas y organizativas. Psynapse implementará y mantendrá al menos:
| Ámbito | Medida |
|---|---|
| Cifrado | En tránsito (TLS 1.2 o superior) y en reposo (AES-256 o equivalente), con gestión de llaves documentada |
| Autenticación | Autenticación federada mediante proveedor de identidad. Psynapse habilitará el doble factor obligatorio para los roles Administrador, Custodio y Auditor |
| Control de acceso | Modelo de roles aplicado en el backend, principio de mínimo privilegio, revisión de accesos semestral |
| Aislamiento | Segregación lógica de la información por Organización |
| Trazabilidad | Bitácora inmutable de accesos y operaciones sobre Historia Clínica, con retención mínima de veinticuatro (24) meses |
| Integridad | Imposibilidad de modificación retroactiva de registros clínicos; correcciones mediante nota aclarativa fechada y firmada |
| Respaldo | Copias cifradas conforme al Anexo B.7 |
| Desarrollo seguro | Revisión de código, gestión de dependencias, ambientes separados; datos productivos no se usan en ambientes de desarrollo o pruebas |
| Vulnerabilidades | Escaneo periódico de vulnerabilidades y gestión de dependencias |
| Personal | Verificación de antecedentes cuando la ley lo permita, acuerdos de confidencialidad, revocación inmediata de accesos al desvincularse |
| Continuidad | Plan documentado y probado semestralmente |
C.2.6 Auditoría. Una vez al año, con treinta (30) días de preaviso y en horario hábil, la Organización podrá auditar el cumplimiento de este Anexo, directamente o mediante un tercero independiente que no sea competidor de Psynapse y que suscriba acuerdo de confidencialidad. Psynapse podrá satisfacer esta obligación entregando un informe de auditoría o certificación equivalente vigente. La auditoría no podrá comprometer la confidencialidad de otros clientes ni el acceso a datos de terceros. Los costos son de la Organización, salvo que se detecten incumplimientos materiales.
C.2.7 Registro de actividades. Psynapse mantendrá un registro de las actividades de tratamiento realizadas por cuenta de la Organización, disponible a solicitud.
C.2.8 Responsabilidad demostrada. Psynapse mantendrá un programa de gestión de riesgos de tratamiento documentado, en línea con el artículo 26 de la Ley 1581 de 2012 y con las instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, incluida la Circular Externa 002 de 2025.
C.3.1 Autorización general. La Organización autoriza a Psynapse a contratar Subencargados para la prestación del Servicio, siempre que Psynapse les imponga por escrito obligaciones no menos protectoras que las de este Anexo y permanezca responsable por su actuación.
C.3.2 Lista vigente. A la fecha de esta versión, los Subencargados son:
| Subencargado | Servicio | País de procesamiento | Datos tratados |
|---|---|---|---|
| Amazon Web Services | Cómputo, almacenamiento de archivos y ejecución del Servicio | Brasil (América del Sur) | Todos |
| Supabase | Base de datos y copias de respaldo | Brasil (América del Sur) | Todos |
| Amazon Simple Email Service (SES) | Correo transaccional del Servicio | Brasil (América del Sur) | Contacto |
| Hostinger | Correo corporativo y alojamiento del sitio web | Unión Europea | Contacto |
| Auth0 (Okta) | Autenticación e identidad | Estados Unidos | Identificación y credenciales |
| xAI (Grok) | Transcripción y asistencia de redacción clínica | Estados Unidos | Audio y texto clínico |
| Mercado Pago | Procesamiento de pagos | Colombia | Facturación |
| Meta Platforms (WhatsApp Business) | Mensajería de recordatorios | Estados Unidos | Contacto. No se transmite Contenido Clínico por este canal |
| Google (Calendar) | Sincronización de agenda, solo si el Profesional Vinculado conecta su calendario | Estados Unidos | Datos Administrativos de citas |
| Google Analytics | Analítica de uso del producto | Estados Unidos | Datos de conexión y uso |
| Formbricks | Encuestas dentro del producto | Unión Europea | Contacto y datos de uso |
| Sleekplan | Canal de sugerencias y votación de mejoras | Unión Europea | Contacto y datos de uso |
C.3.3 Cambios. Psynapse publicará la lista actualizada en la versión vigente de estos Términos y notificará al Administrador con treinta (30) días de antelación la incorporación o sustitución de un Subencargado. La Organización podrá objetar por motivos razonables y documentados de protección de datos dentro de ese plazo. Si las Partes no logran una solución, la Organización podrá terminar el Acuerdo con reembolso proporcional del periodo no utilizado.
C.4.1 La Organización autoriza la transmisión internacional de datos personales a los Subencargados listados, con la única finalidad de prestar el Servicio.
C.4.2 Psynapse garantiza que las transmisiones se realizan a países que la Superintendencia de Industria y Comercio ha declarado con nivel adecuado de protección, o bajo un contrato de transmisión que cumpla el artículo 2.2.2.25.5.2 del Decreto 1074 de 2015.
C.4.3 Psynapse informará a la Organización el país de alojamiento principal del Contenido de la Organización y notificará cualquier cambio con treinta (30) días de antelación.
C.5.1 Notificación. Psynapse notificará a la Organización todo incidente de seguridad que afecte datos personales bajo su Encargo:
| Tipo de incidente | Plazo máximo de notificación |
|---|---|
| Incidente confirmado que involucre Contenido Clínico | 24 horas desde la confirmación |
| Cualquier otro incidente confirmado | 48 horas desde la confirmación |
| Incidente sospechado pero no confirmado | Informe preliminar en 72 horas |
C.5.2 Contenido de la notificación. Naturaleza del incidente, categorías y volumen aproximado de datos y titulares afectados, consecuencias probables, medidas adoptadas y previstas, y punto de contacto.
C.5.3 Apoyo al reporte regulatorio. Psynapse entregará a la Organización, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, la información técnica necesaria para que ésta cumpla su obligación de reportar a la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la detección.
C.5.4 No admisión. La notificación de un incidente no constituye reconocimiento de culpa ni de responsabilidad.
C.5.5 Reporte propio. Psynapse cumplirá, por su cuenta, sus propias obligaciones de reporte como Encargado ante la autoridad.
C.6.1 Las solicitudes de consulta, reclamo, actualización, rectificación, supresión, revocatoria de autorización y portabilidad se dirigen a la Organización, en su calidad de Responsable.
C.6.2 Si un titular se dirige directamente a Psynapse, ésta lo remitirá a la Organización dentro de los dos (2) días hábiles siguientes e informará al titular.
C.6.3 Psynapse prestará asistencia técnica a la Organización para atender esas solicitudes dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al requerimiento, de manera que la Organización pueda cumplir los plazos de los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012 (diez días hábiles para consultas y quince días hábiles para reclamos).
C.6.4 Límite legal a la supresión. Las Partes reconocen que la solicitud de supresión no procede respecto de la Historia Clínica mientras esté vigente el deber legal de conservación del Anexo D.4.
C.7.1 A la terminación del Acuerdo aplica lo dispuesto en la cláusula 14 de los Términos.
C.7.2 Psynapse expedirá certificado de supresión suscrito por su representante legal.
C.7.3 Psynapse podrá conservar datos cuando una obligación legal se lo imponga, informando a la Organización la base legal y el término.
Cada Parte cumplirá, por su cuenta, sus obligaciones de inscripción y actualización ante el RNBD cuando le resulten aplicables. La Organización registra las bases de datos de las que es Responsable; Psynapse registra las suyas.
Si la Superintendencia de Industria y Comercio impone una sanción a una de las Partes por hechos atribuibles exclusivamente a la otra, ésta la mantendrá indemne por el valor de la sanción y los costos razonables de defensa, con sujeción a los límites de la cláusula 12 de los Términos.
Colombia no cuenta a la fecha con regulación vinculante específica sobre inteligencia artificial aplicada a la salud. El CONPES 4144 de 2025 es política pública y el Proyecto de Ley 043 de 2025 se encuentra en trámite. En consecuencia, este Anexo constituye el marco aplicable entre las Partes.
Transcripción automática de sesiones a partir de audio, generación de borradores de nota clínica, resumen de evolución y sugerencias de estructura documental.
a. No entrenamiento. El Contenido Clínico de la Organización no se utiliza para entrenar, afinar, evaluar ni mejorar modelos de inteligencia artificial, ni de Psynapse ni de terceros. Psynapse mantiene esta condición contractualmente con sus proveedores de modelo.
b. Retención por el proveedor de modelo. Psynapse contrata con su proveedor de modelo condiciones que excluyen el entrenamiento con el contenido enviado. A la fecha de esta versión, el proveedor almacena de forma cifrada las solicitudes y sus respuestas por un máximo de treinta (30) días, con fines exclusivos de auditoría de abuso, y las suprime automáticamente al vencer ese término.
c. Retención del audio. Psynapse no almacena el audio de sesión: se transmite al proveedor de transcripción para generar el texto y no queda copia en los sistemas de Psynapse. La retención del proveedor se rige por el literal b.
d. Región de procesamiento. El alojamiento principal se realiza en la región de América del Sur de Amazon Web Services (Brasil); la transcripción se procesa en Estados Unidos, conforme al Anexo C.4.
e. Trazabilidad. La Plataforma registra qué contenido fue generado por inteligencia artificial, qué profesional lo revisó y cuándo lo aprobó.
f. Desactivación. La funcionalidad puede desactivarse a nivel de Organización o de Profesional Vinculado, sin costo y sin afectar el resto del Servicio.
g. Sin decisiones automatizadas. La Plataforma no adopta decisiones automatizadas con efectos jurídicos o significativos sobre el Paciente. No emite diagnósticos, no clasifica riesgo de manera vinculante y no determina conductas terapéuticas.
h. Monitoreo. Psynapse mantiene un canal para reportar salidas erróneas o sesgadas y revisa periódicamente el desempeño de la funcionalidad.
a. Consentimiento específico del Paciente para la grabación y transcripción, otorgado por escrito y de manera separada del consentimiento informado general, con derecho a negarse sin que ello afecte la prestación de la atención. El modelo se encuentra en el documento "Modelo de Consentimiento Informado con grabación e IA".
b. Revisión humana obligatoria. El borrador generado por inteligencia artificial no constituye Historia Clínica hasta que el Profesional Vinculado lo revise, corrija y apruebe expresamente. La responsabilidad sobre el contenido final es del profesional.
c. Revocación. El Paciente puede revocar el consentimiento de grabación en cualquier momento, incluso durante la sesión.
d. No utilizar la funcionalidad para grabar a terceros que no hayan consentido.
Los sistemas de inteligencia artificial pueden generar contenido inexacto, incompleto o no correspondiente con lo ocurrido en la sesión. Psynapse no garantiza la exactitud de las transcripciones ni de los borradores generados. La verificación es responsabilidad del Profesional Vinculado.
Esta matriz es vinculante y se implementa técnicamente en la Plataforma.
| Rol | Contenido Clínico | Datos Administrativos | Notas Privadas del Profesional | Controles |
|---|---|---|---|---|
| Paciente / titular | Su Historia Clínica completa | Los suyos | No | Autenticación reforzada |
| Profesional Vinculado tratante | Completo, de sus pacientes asignados | De sus pacientes | Solo las propias | Bitácora |
| Equipo tratante | Completo, de pacientes compartidos por asignación expresa | De pacientes compartidos | No | Asignación documentada + bitácora + justificación |
| Custodio de Historia Clínica (profesional de la salud) | Acceso para fines de custodia, continuidad asistencial, entrega al titular y respuesta a autoridades | Completo | No | Designación escrita, bitácora inmutable, notificación al profesional tratante |
| Auditor de Calidad (profesional de la salud) | Solo lectura, alcance y periodo acotados y declarados | Completo | No | Propósito declarado, vigencia temporal, bitácora |
| Administrador (puede no ser profesional de la salud) | Ninguno | Completo, más indicadores agregados | No | Bloqueo técnico en backend |
| Personal de Psynapse | Ninguno por defecto | Mínimo necesario | No | Procedimiento del Anexo C.2.4 |
D.1.1 Un mismo individuo puede ostentar varios roles. Cuando el Administrador sea además profesional de la salud y la Organización lo designe como Custodio, sus accesos clínicos se ejercen bajo el rol de Custodio y quedan sujetos a sus controles, no bajo el rol de Administrador.
D.1.2 Acceso de excepción (break-the-glass). La Plataforma permite un acceso excepcional para situaciones de urgencia asistencial. Requiere justificación escrita previa, genera notificación inmediata al Profesional Vinculado tratante y al Custodio, y expira automáticamente. Todo acceso de excepción queda en la bitácora y se reporta en el informe mensual de servicio.
D.1.3 Fundamento. Esta matriz desarrolla los artículos 13, 14 y 18 de la Resolución 1995 de 1999, el artículo 5 del Decreto 1725 de 1999, los artículos 2.5, 10, 26 y 30 de la Ley 1090 de 2006, la Doctrina 01 revisada del Tribunal Nacional Deontológico y Bioético de Psicología, y el principio de acceso y circulación restringida del artículo 4 de la Ley 1581 de 2012.
D.2.1 La Organización designará por escrito al Custodio y, en su caso, al Auditor, mediante el formato "Acta de Designación de Custodio de Historia Clínica y Auditor de Calidad".
D.2.2 La designación acredita que la persona es profesional de la salud, identifica el alcance del acceso y contiene su aceptación expresa del deber de reserva.
D.2.3 La Organización notificará a Psynapse cualquier cambio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Psynapse revocará los accesos correspondientes dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación.
D.2.4 La Organización debe mantener en todo momento al menos un Custodio designado y activo. Si la designación queda vacante por más de treinta (30) días, Psynapse podrá restringir los accesos clínicos institucionales hasta que se subsane.
D.3.1 La Historia Clínica se diligencia de forma clara, cronológica, sin tachones ni enmendaduras, con fecha, hora, nombre completo y firma electrónica del autor, conforme al artículo 5 de la Resolución 1995 de 1999.
D.3.2 La Plataforma impide la modificación retroactiva de registros clínicos. Las correcciones se realizan mediante nota aclarativa fechada, firmada y vinculada al registro original, que permanece visible.
D.3.3 La Plataforma impide el acceso de personal no autorizado y garantiza la trazabilidad, conforme al artículo 18 de la Resolución 1995 de 1999.
D.4.1 Término general. La Historia Clínica se conserva por un mínimo de quince (15) años contados desde la fecha de la última atención: cinco (5) años en archivo de gestión y diez (10) en archivo central, conforme a la Resolución 839 de 2017.
D.4.2 Criterio ampliado para psicología. Psynapse configura por defecto un término de veinte (20) años desde la última atención, atendiendo el criterio del Colegio Colombiano de Psicólogos. La Organización puede solicitar por escrito la aplicación del término legal de quince (15) años, asumiendo la decisión.
D.4.3 Términos duplicados. Cuando el Paciente sea víctima de violaciones de derechos humanos o de infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario, los términos se duplican. La Organización es responsable de marcar estos expedientes en la Plataforma; Psynapse habilita el mecanismo de marcación.
D.4.4 Bloqueo de supresión. La Plataforma impide la supresión de Historias Clínicas antes del vencimiento de los términos aplicables, incluso a solicitud del Administrador o del titular.
D.4.5 Las Notas Privadas del Profesional no están sujetas a estos términos y pueden ser suprimidas por su autor en cualquier momento.
D.5.1 El Paciente puede solicitar copia íntegra de su Historia Clínica. La Organización la entrega dentro de los términos legales; la Plataforma habilita la generación del documento.
D.5.2 Menores de edad y personas con capacidad legal modificada. El titular del derecho de acceso es el representante legal, sin perjuicio del derecho del adolescente a ser oído y de la ponderación del interés superior del niño. La Organización es responsable de definir y documentar los límites de confidencialidad acordados con el menor y su familia al inicio de la intervención.
D.6.1 Ante un requerimiento judicial o administrativo, la Organización y el Profesional Vinculado remitirán un informe con la información pertinente, conducente y necesaria, y no la Historia Clínica completa, conforme a la Doctrina 01 revisada del Tribunal Nacional Deontológico y Bioético de Psicología.
D.6.2 Si el requerimiento se dirige a Psynapse, ésta notificará a la Organización dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, salvo prohibición legal, para que la Organización pueda oponerse o intervenir. Psynapse entregará únicamente lo estrictamente requerido.
El fallecimiento o desaparición del Paciente no libera del deber de reserva. El acceso de terceros procede únicamente en los supuestos definidos por la jurisprudencia constitucional y bajo responsabilidad de la Organización.
D.8.1 Cuando un Profesional Vinculado se desvincula, la Historia Clínica permanece bajo custodia de la Organización.
D.8.2 El profesional conserva sus Notas Privadas y puede exportarlas o suprimirlas.
D.8.3 El profesional podrá solicitar, para su defensa ante procesos deontológicos o judiciales, copia de los registros clínicos que él mismo suscribió. La Organización no podrá negarla injustificadamente.
D.9.1 La Organización es la obligada frente a la Ley 2015 de 2020, la Resolución 866 de 2021 y la Resolución 1888 de 2025, que adopta el Resumen Digital de Atención en Salud (RDA).
D.9.2 La Plataforma no incluye a la fecha la funcionalidad de interoperabilidad IHCE/RDA. La Organización declara conocerlo y asume el cumplimiento de esa obligación por medios propios, conforme al Anexo A.4.
Si la Organización utiliza la Plataforma para atención no presencial, deberá cumplir la Resolución 2654 de 2019, incluidas la identificación del profesional y del usuario al inicio de la comunicación y el registro de la atención. Psynapse habilita los mecanismos de identificación y registro; la habilitación del servicio en modalidad de telemedicina, cuando aplique, es responsabilidad de la Organización.